Deditio o Tabula de bronce. Época romana, año 104 a. de C. 19,3 x 21,5 x 0,4 cm. Castro de Villavieja (Alcántara). Nº Inv. D3.162

Texto:

 C.MARIO            C.FLAVIO

L.CAESIO.C.F.IMPERATOREPOPVLVS.SEANO [

DEDIT.L.CAESIVS.C.F.IMPERATORPOSTQVAM[

ACCEPIT.AD.CONSILIVM.RETOLIT.QVID.EIS.IM[

CENSERENT.DE.CONSILI.SENTENTIA.INPERAV[IT

CAPTIVOS.EQVOS.EQVAS.CEPISENT[

OMNIA.DEDERVNT.DEINDEEOS.L.CAESIVS.C.[F.

ESSE.IVSSIT AGROS.ET.AEDIFICIA.LEGES.CETE[RA

QVAE.SVA.FVISSENT.PRIDIE

QVAM.SE.DEDID[ERVNT

EXTARENT EIS.REDIDIT.DVMPOPVLVS[

ROOMANVS.VELLET DEQVE.EA RE EOS[

EIRE.IVSSIT LEGATOS CREN[

ARCO CANTONI. F LEGATES

 

Traducción:

(datación) .

Consulado de Cayo Mario y Cayo Flavio.

(deditio) .

A Lucio Cesio, hijo de Cayo, el pueblo de los Seano...(?) se rindió

(procedimiento) .

A Lucio Cesio, hijo de Cayo, después que hubo aceptado, preguntó al

consejo lo que consideraba adecuado exigirles.

(decreto del gobernador).

A partir del dictamen del consejo, exigió los prisioneros, los caballos y

las yeguas que hubieran cogido. Lo entregaron todo. Después Lucio

Cesio, hijo de Cayo, determinó que quedaran como estaban los campos

y las construcciones; las leyes y las demás cosas que hubieran tenido

hasta el día de la rendición se las devolvió para que siguieran en uso

mientras el pueblo romano quisiera.

(notificación del decreto a través de los legados).

y en relación con este asunto les ordenó a los legados que fueran (...?).

 (nombre de los legados).

Cren(o?) y Arco hijos de Cantono (actuaron como) legados


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