Deditio o Tabula de bronce. Época romana, año 104 a. de C. 19,3 x 21,5 x 0,4 cm. Castro de Villavieja (Alcántara). Nº Inv. D3.162
Texto:
C.MARIO C.FLAVIO
L.CAESIO.C.F.IMPERATOREPOPVLVS.SEANO [
DEDIT.L.CAESIVS.C.F.IMPERATORPOSTQVAM[
ACCEPIT.AD.CONSILIVM.RETOLIT.QVID.EIS.IM[
CENSERENT.DE.CONSILI.SENTENTIA.INPERAV[IT
CAPTIVOS.EQVOS.EQVAS.CEPISENT[
OMNIA.DEDERVNT.DEINDEEOS.L.CAESIVS.C.[F.
ESSE.IVSSIT AGROS.ET.AEDIFICIA.LEGES.CETE[RA
QVAE.SVA.FVISSENT.PRIDIE
QVAM.SE.DEDID[ERVNT
EXTARENT EIS.REDIDIT.DVMPOPVLVS[
ROOMANVS.VELLET DEQVE.EA RE EOS[
EIRE.IVSSIT LEGATOS CREN[
ARCO CANTONI. F LEGATES
Traducción:
(datación) .
Consulado de Cayo Mario y Cayo Flavio.
(deditio) .
A Lucio Cesio, hijo de Cayo, el pueblo de los Seano...(?) se rindió
(procedimiento) .
A Lucio Cesio, hijo de Cayo, después que hubo aceptado, preguntó al
consejo lo que consideraba adecuado exigirles.
(decreto del gobernador).
A partir del dictamen del consejo, exigió los prisioneros, los caballos y
las yeguas que hubieran cogido. Lo entregaron todo. Después Lucio
Cesio, hijo de Cayo, determinó que quedaran como estaban los campos
y las construcciones; las leyes y las demás cosas que hubieran tenido
hasta el día de la rendición se las devolvió para que siguieran en uso
mientras el pueblo romano quisiera.
(notificación del decreto a través de los legados).
y en relación con este asunto les ordenó a los legados que fueran (...?).
(nombre de los legados).
Cren(o?) y Arco hijos de Cantono (actuaron como) legados
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